Aclararme una cosa por favor; He leído la O.G y al respecto de los descansos semanales dice que se podrán elegir 15 días antes de la planificación del servicio del mes a realizar; para poder elegirlos se ha establecido un turno de prelación ; pues bien mi Comte. de Puesto dice que los descansos semanales los elige él cuando quiere ponerlos; Resulta que ahora en mayo tenemos las fiestas de San Isidro y quiere organizar esa semana para que hagamos mas servicios sin tener en cuenta nuestros descansos semanales
Que le digo a este Sgto??
Gracias por las respuestas
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