Cita Iniciado por d3smond Ver mensaje
Pero establece como criterio general el descanso de 11 horas. Por lo tanto el descanso de 8 horas solo puede ser algo excepcional. No puede uno acogerse a una sola frase obviando el resto.

¿Se podrán hacer descansos de 8 horas? Sí, pero nunca podrán estar por encima de los descansos de 11 horas. Si solo hacemos tripletes transformamos lo general en nulo, y lo excepcional en la norma general.
La norma general es de 11 horas y ha de cumplirse siempre que no se den las excepciones previstas legalmente (eso de mayoría de descansos de 11 horas y alguno de 8 no se sostiene por ninguna parte).
Pero si se cumplen las excepciones no hay ningún problema en que el 100% de los descansos sean de 8 horas. Conciliación familiar, necesidades del servicio y razones organizativas.
El problema viene porque con la conciliación es fácil, lo pides y si es posible te lo concederán, pero con las necesidades del servicio y las razones organizativas requieren una justificación real y motivada porque cuando lluevan las instancias se tendrá que defender esa razón o necesidad. Y como no es una barra libre, para los oficiales sobre todo, pues se están intentando buscar interpretaciones y excusas hasta debajo de las piedras.