Ok, ya entiendo a qué te refieres.
La cuestión es si se puede "renunciar" o no a las 11 horas.
Yo siempre he creído que sí para el caso de la conciliación (repito, la conciliación no pone que deba ser familiar).
¿Qué sentido tiene que los casos de descanso de 8 horas en lugar de 11, por conciliación, me los imponga también la empresa?
Las necesidades del servicio o las razones organizativas, sí que son impuestas por las circunstancias o la Unidad, pero....¿las de conciliación también?
Entiendo que la conciliación la debe alegar, si lo cree necesario, cada interesado con su petición individual; pero no que la Unidad me deje un día sin las 11h por conciliación.....no tiene sentido.
Un saludo.
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