no te pasas de horas porque es en cómputo mensual, no semanal, la referencia son 37,5 a la semana pero en cómputo mensual, si esos dias te ponen servicio te tendrían que poner libre otros días porque si no te pasarías de horas, eso en lo referente a las horas.
Ahora está el otro tema del descanso semanal en todas la semanas.... si es así y estas de baja de lunes a viernes habría que poner descanso semanal sábado y domingo aunque no hayas estado disponible para trabajar la semana entera, a mi no me parece muy lógico la verdad (mi opinión).
Es uno de los problemas que plantea la orden general y que ha quedado abierto a interpretación de cada jefe de unidad, yo en su día como no lo ví claro y pienso que puede interpretarse de las dos maneras solicité una aclaración de este extremo... sigo esperando contestación...
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