El artículo 31 hace honor al principio de taxatividad, no hay lugar a dudas. Sigue igual que antes con la salvedad, que como dice dicho artículo, en cooperación y bajo el mando de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Ya cada uno que saque sus conclusiones, pero ojito con detener por desobediencia o atentado sino es en alguna de las circunstancias del artículo 31.