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  1. #31
    Hay una aplicacion para Android, para buscar con la palabra cuadrante, que tiene configurado nuestra jornada, es maravilloso, puedes meter todo tipo de servicios, días deducible s... , queda claro para mi que beneficia más a los guardias iniciar vacaciones un miércoles, ya que lunes y martes descanso semanal, y finalizar las vacaciones un viernes, con sábado y domingo descanso semanal, ya que descuentan 2 días menos del cómputo de vacaciones,

  2. #32
    FALCO:

    Yo estoy en un Núcleo, y desde que existe el SIGO y las deducciones, éstas se aplican en el mes en que están, nunca en el siguiente. Y la Orden General 4/2010 que está en vigor hasta el próximo día 29, también establece para la aplicación de los descansos por festivos lo mismo que el artículo 16 de la Orden General 11/2014.
    Te copio el párrafo de la O.G. 4/2010.

    Orden General 4/2010, norma decimotercera "Descanso correspondientes a días festivos", punto 2:
    "2. El momento del disfrute de será en la misma fecha si las circunstancias del servicio lo permiten; en otro caso, en la misma semana que comprenda el día festivo o, como máximo, dentro de las dos semanas siguientes a la festividad considerada. En aquellos casos excepcionales en los que no fuera posible cumplir estos plazos, se demorará el disfrute el tiempo mínimo necesario.
    Todo ello sin perjuicio de la regulación y de las condiciones específicas que, a este respecto, se establezcan para el disfrute de estos días por quienes presten servicios programados en régimen de servicio a turnos o cadencias."

    Como tú dices lo contrario, y fijándose en el texto en negro del párrafo anterior, igual es que como tenemos un servicio a turnos y con cadencia rígida, el SIGO nos hacía las deducciones de la forma que te digo. No siendo lo mismo en otras Unidades del Cuerpo en que la forma es como tú dices. No lo sé, sólo conozco la situación de mi Unidad.
    Lo único que puedo decir es cómo hace el SIGO en mi Unidad ya que vengo comprobándolo todos los meses desde que existe.

    Por eso decía que estoy esperando a ver el servicio que nos pongan para el próximo cuadrante de cinco semanas, para comprobar si para nosotros sigue la misma tónica que hasta ahora, o se produce lo que tú dices; toda vez que ya no vamos a tener un cadencia rígida como hasta ahora.

    También había comprobado a principio de este mes que el SIGO daba como horas de referencia las 166 de un mes de 31 días. Pero claro esto es por la falta de configuración al coincidir el cambio de sistema, de Orden General, en el mismo mes.

    Lo que me interesa ahora es ver qué hará el SIGO en nuestra Unidad para el cuadrante siguiente en relación a las deducciones. Tendrán que configurarlo para que, al menos, la deducciones de los que tengan permiso de Semana Santa el jueves y viernes Santo, tengan esas deducciones en el cuadrante de mayo.

  3. #33
    Período mayo, duda sobre trabajar el día 15 de mayo , festivo local.
    Imaginemos que en el mes de mayo no tengo ningún descanso acumulado del mes anterior, que en este periodo de mayo habría que hacer 150 horas menos 7,5 horas deducible del día de San Isidro. De los 4 componentes que estamos 2 tienen libre ese día Y 2 trabajamos. Mi duda es a los 2 que trabajamos este festivo local se nos debería descontar otras 7,5 horas .?

  4. #34
    Cita Iniciado por almendralejot Ver mensaje
    Período mayo, duda sobre trabajar el día 15 de mayo , festivo local.
    Imaginemos que en el mes de mayo no tengo ningún descanso acumulado del mes anterior, que en este periodo de mayo habría que hacer 150 horas menos 7,5 horas deducible del día de San Isidro. De los 4 componentes que estamos 2 tienen libre ese día Y 2 trabajamos. Mi duda es a los 2 que trabajamos este festivo local se nos debería descontar otras 7,5 horas .?
    Te descontaran las 7.5 horas cuando te den el día libre por festivo (aparte de los dos días de descanso que semanalmente te corresponden). Vamos, que lo que es deducible no es el festivo en si mismo, sino el día libre que te dan por estar disponible o trabajando en festivo.
    Creo que va así.

  5. #35
    si el dia 1 de mayo te encuentras de vacaciones, no genera el derecho al disfrute del dia festivo, verdad?

  6. #36
    Cita Iniciado por georgeromero77 Ver mensaje
    si el dia 1 de mayo te encuentras de vacaciones, no genera el derecho al disfrute del dia festivo, verdad?
    Lo acabo de mirar... no genera el derecho, es solo para los festivos que estés de vaciones en semana santa y navidad

  7. #37
    Cita Iniciado por JUCAMO Ver mensaje
    Lo acabo de mirar... no genera el derecho, es solo para los festivos que estés de vaciones en semana santa y navidad
    El día libre por festivo puede ir unido al descanso semanal si nos conviene?

  8. #38
    Cita Iniciado por francismarco Ver mensaje
    El día libre por festivo puede ir unido al descanso semanal si nos conviene?
    Es a criterio del responsable del Nombramiento del Servicio. No se solicita.

  9. #39
    Cita Iniciado por almendralejot Ver mensaje
    Hay una aplicacion para Android, para buscar con la palabra cuadrante, que tiene configurado nuestra jornada, es maravilloso, puedes meter todo tipo de servicios, días deducible s... , queda claro para mi que beneficia más a los guardias iniciar vacaciones un miércoles, ya que lunes y martes descanso semanal, y finalizar las vacaciones un viernes, con sábado y domingo descanso semanal, ya que descuentan 2 días menos del cómputo de vacaciones,
    De ser verdad si han creado una aplicación que recoge toda la normativa de la nueva jornada laboral se va hacer de oro el creador, porque tendra muchas descargas, jeje
    ¡ A SUS ÓRDENES !

  10. #40
    Cita Iniciado por almendralejot Ver mensaje
    Período mayo, duda sobre trabajar el día 15 de mayo , festivo local.
    Imaginemos que en el mes de mayo no tengo ningún descanso acumulado del mes anterior, que en este periodo de mayo habría que hacer 150 horas menos 7,5 horas deducible del día de San Isidro. De los 4 componentes que estamos 2 tienen libre ese día Y 2 trabajamos. Mi duda es a los 2 que trabajamos este festivo local se nos debería descontar otras 7,5 horas .?
    No. La deducción de 7'5 horas es por el festivo en sí. La tienen tanto los que lo trabajan como los que están de descanso. Están los cuatro en situación de disponibilidad y por tanto tienen la deducción; el que lo trabaja no puede tener deducción doble. Tiene la misma que el que está de descanso.

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