Solos algunos vigilantes de seguridad participan de esas funciones públicas y, tal y como establece la sentencia, solo se tiene consideración de funcionario público para responsabilidades penales. No es una situación general de los vigilantes de seguridad, a decir verdad es minoritaria dentro de lo que al trabajo general de los empleados de las empresas de seguridad suele constituir.
Para detener esta habilitado todo el mundo.
De todas maneras, dejando aparte otras cuestiones, hay ser objetivo coherente con el tema: los agentes actuantes y los instructores cuando vayamos a realizar nuestra labor nos regiremos por la ley, por el reglamento cuando se desarrolle y por las indicaciones que nos de el Ministerio fiscal al respecto. Nunca por las suposiciones e interpretaciones particulares de un leguleyo.
No es nada personal, es una cuestión de profesionalidad y de saber diferenciar una fuente válida de la que no lo es.
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