Salvo rectificación el la OG definitiva, te equivocas, los servicios de menos de 8 horas tienen un limite muy claro:
El borrador te asegura un número de libre mínimos en el periodo que son: los días libres semanales, 2, más los libres "feriados", más los 2 máximos mensuales por compensación de nocturnos y festivos, eso te dá:
una media de 8.66 libres por fines de semana.
una media de 1.16 libres por festivos feriados.
y una variable que dudo que baje de 2 por festivos y nocturnos.
Lo cual redondeando te dá de unos 12 descansos mensuales.
Con lo que te queda que tienes que trabajar 18 días de media mensual, si te meten servicios de menos de 8 horas no llegarías nunca a cumplir horas.
Un saludo
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