El Seminario contó con la participación del General de División Jefe de la Secretaria General Técnica de la Subdirección General de Personal Excmo. Sr. José Luís Ulla Rega
quien al frente de esta Secretaría Técnica han elaborado junto a las asociaciones profesionales la nueva norma de jornada y horario que contó con el respaldo absolutamente mayoritario del Consejo de la Guardia Civil.
- DESCANSO DIARIO: Con carácter general, la duración será de 11 horas consecutivas. La norma no dice que sean consecutivas, pero tampoco que no lo sean. La generalidad de las 11 horas de descanso diario deberá ir ligada al periodo de referencia mensual, ya que esa duración debe ser la que PREDOMINE en esa referencia mensual. Se permiten descansos diarios de 8 horas (cambios de T /M y de M /N por razones organizativas, incluidas las de conciliación, pero siempre que predomine en el periodo de referencia mensual, el descanso de 11 horas.
- INSTANCIAS SOLICITANDO DESCANSO DIARIO 8 HORAS: Ante la recepción de instancias en las que los interesados soliciten que se le aplique con carácter general un descanso diario de 8 horas y que se les puedan seguir nombrando los conocidos “tripletes”, NO debe accederse, en ningún caso. Se podrían exigir responsabilidades caso accidente al mando que lo nombra o lo consiente. Contraviene normativa riesgos laborales y derecho laboral.
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