Cita Iniciado por jl@pez1957 Ver mensaje
Tu postura hay que respetarla.

¿Y no hay que respetar el que desea hacer su trabajo y la "intensidad" con la que quiera?

Nadie levanta a la GC, que ya es mayor y se tiene sola.

Solo la ayudamos a caminar, y unas veces va mas erguida y otras memos.

Si yo decido no trabajar, te aseguro que no lo pregono.

Soy GC, y eso tiene un plus de "clase" y saber hacer las cosas, incluso las de no trabajar.
¿Y como he dicho en el post anterior, la palabra prevaricación no dice nada a nadie?

©jlopez1957
A mi si, pero me parece que deberías mirarte el art. 404 del.Cp y la jurisprudencia marcada por el TS en la que establece que la prevaricación por omisión solo se da en casos excepciones cuando la omisión equivale a la denegación de la resolución, por lo que nunca se le podría imputar a un agente un delito de prevaricación por el mero hecho de no sancionar una infracción administrativa, en cuanto a lo de mirar para otro lado ante un delito, circunstancia a la que nadie ha hecho alusión, sería un delito de omisión de perseguir delitos o denegación de auxilio según el delito lo que nunca sería es prevaricación, por lo visto a ti te suena pero no mucho.un saludo sin acritud.