esa es la excepción que ha puesto la guardia civil. Pero de Europa le permiten otras, siempre que haya compensaciones. La propia norma europea que tanto te gusta lo contempla.
ExcepcioneS
2. Mediante procedimientos legales, reglamentarios o administrativos o mediante convenios colectivos o acuerdos celebrados entre interlocutores sociales y siempre que se concedan períodos equivalentes de descanso compensatorio a los trabajadores de que se trate,
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